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La CIJ Rechaza Medidas Cautelares de México Contra Ecuador por Asalto a Embajada

La Corte Internacional de Justicia (CIJ) ha decidido este jueves 23 de mayo que no emitir las medidas cautelares solicitadas por México contra Ecuador tras el asalto a su embajada en Quito. La CIJ concluyó que no existe una “urgencia” o un “riesgo real e inminente” que justifique tales medidas, aunque subrayó la “importancia fundamental” de respetar la Convención de Viena.

 

El tribunal determinó que “las garantías dadas” por Ecuador ya “abarcan las preocupaciones expresadas por México”. En su fallo, la Corte indicó que “las declaraciones unilaterales pueden dar lugar a obligaciones legales”, permitiendo que los Estados interesados asuman y exijan el cumplimiento de dichas declaraciones.

 

Durante las audiencias de principios de mes, Ecuador aseguró haber proporcionado “garantías” por escrito a México para proteger y respetar su personal y sedes diplomáticas, cumpliendo así con las solicitudes del gobierno mexicano y evitando la imposición de órdenes judiciales de la ONU.

 

Estas garantías incluyen compromisos de “proporcionar plena protección y seguridad a las instalaciones, propiedades y archivos de la misión diplomática de México en Quito”, así como permitir el desalojo de dicha misión y de las residencias privadas de los diplomáticos mexicanos, según declaró el presidente de la CIJ, Nawaf Salam.

 

En consecuencia, la Corte decidió que “las circunstancias tal y como son presentadas no requieren el ejercicio de su poder” para indicar medidas cautelares contra Ecuador tras el asalto a la embajada mexicana en Quito y la detención del exvicepresidente Jorge Glas el pasado 5 de abril.

 

Sin embargo, la CIJ enfatizó “la importancia fundamental del principio consagrado” en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y recordó a Ecuador que se presume “su buena fe en el cumplimiento” de las garantías ofrecidas a México.

 

“Estas garantías son especialmente importantes durante el período necesario para que México desaloje las instalaciones de su embajada en Quito, así como las residencias privadas de sus agentes diplomáticos”, afirmó Salam. La Corte consideró que las garantías dadas por Ecuador, ofrecidas públicamente y de manera incondicional, son vinculantes y crean obligaciones legales para el país demandado.

 

Al concluir la sesión, Salam subrayó que “no hay requisito más fundamental para la conducción de las relaciones entre los Estados que la inviolabilidad de las misiones diplomáticas y embajadas”. Recordó también que, a lo largo de la historia, “naciones de todos los credos y culturas han observado obligaciones recíprocas con ese propósito, en particular la institución de la diplomacia con sus privilegios e inmunidades asociadas”.

 

El pasado abril, México acusó a Ecuador ante la CIJ de violar sus obligaciones bajo el Pacto de Bogotá, la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, la Carta de la Organización de Estados Americanos y la Carta de Naciones Unidas. Las medidas cautelares se dictan en una fase provisional y no representan una sentencia sobre la admisibilidad del caso.

 


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